martes, 23 de setiembre de 2008

¿Se puede trabajar para una empresa sin contrato?


Durante las consultas es común escuchar trabajadores afirmar que están laborando pero "sin contrato", resulta evidente que a lo que ellos se refieren es que prestan servicios sin haber firmado un documento en el cual se haga constar los acuerdos de la contratación o a que, en todo caso, no se encuentran inscritos en la planilla.







En principio debe tenerse en cuenta lo siguiente: no es posible que alguien preste servicios sin contrato; desde el momento que inicias tus labores ya estás manifestando voluntad en el sentido de que deseas prestar el servicio (tan cierto como redundante). Desde el momento en que el empleador ordena y encomienda tareas, está manifestando voluntad de servirse del trabajador, de modo que el contrato está perfectamente presente en los hechos aunque no lo esté en el papel.

Al respecto una sentencia clásica en los tribunales laborales es la que sigue:

"El contrato de trabajo constituye un contrato realidad, esto es que se tipifica por la forma y condiciones bajo las cuales se ha prestado el servicio, con prescindencia de la denominación que se pudiese otorgar a dicha relación..."
En pocas palabras, y como suelo decirle a mis estudiantes, decir que se trabaja "sin contrato" es como decir que se tiene novia pero la novia no lo sabe... absurdo.

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